viernes, 27 de febrero de 2009

Los menores y los indios (o: El concepto y la cháchara)


El martes en "Palabras más, palabras menos", tuve el gusto de escuchar al juez de la Corte Suprema Dr. Eugenio Zaffaroni hablando sobre la disminución en la edad de imputabilidad para los adolescentes que cometen delitos, o lo que es lo mismo, bajar la edad a partir de la cual, jurídicamente, un menor deja de serlo.

Y me dí cuenta de algunas cosas: primero que TNmbaum no tenía la menor idea conceptual del tema y además es lerdo para entender, porque se lo tuvo que explicar dos veces, lo que habla bien de la paciencia del juez; segundo que los medios, verdad de Perogrullo si las hay, tampoco nos informan bien y por último que muy posiblemente, la mayoría de los políticos y del común de la gente, entre la cual me incluyo, tampoco.

Si así no fuera, no habría declaraciones como ésta:

(Señalo en la nota lo que me parece un error, ya que los menores nunca son imputables, sólo se cambiaría la edad a partir de la cual se los considera legalmente "menores")

Lo que explicó el Dr. Zaffaroni es que en nuestro país, los jóvenes que cometen delitos son imputados y sometidos a proceso con las garantías correspondientes hasta los 16 años, fijados jurídicamente como límite de la minoridad.

Por debajo de esa edad, se los somete a un régimen tutelar "inquisitorial". Eso significa que por exclusiva decisión de un juez, tras evaluación profesional estatal, sin las garantías correspondientes, se lo envía a un "internado" o instituto correccional, con los resultados que se conocen, siendo ello inconstitucional y contrario a lo establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño.

Dio como ejemplo el régimen tutelar aplicado a los negros en EE.UU. y a los indios durante la conquista española, con las consecuencias también conocidas.

Según el juez, se debe eliminar el régimen tutelar y sin necesidad de disminuír la edad de imputabilidad, brindar a los menores que delinquen un proceso justo, con acceso a un defensor independiente del Estado, y un sistema de penas que podría ser escalonado por rangos de edad, pero claramente diferenciado del de los adultos.

Todo esto significa que el Congreso se debe poner a trabajar y los dirigentes políticos dejar de hacer "cháchara" que sólo responde a salvar la imagen política, claudicando la responsabilidad ante "aprietes" mediáticos y de un grupo de personas nostálgicas de la "mano dura". ¿No bastó con el ejemplo del "ingeniero"?

Lectura recomendada: Inconstitucionalidad del Art. 1º de la Ley 22.278.

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